Redacción El País
Todos los años, trabajadores de los sectores público y privado de Uruguay reciben un pago de aguinaldo, que se conoce formalmente como "sueldo anual complementario" y está establecido por ley. El primer medio aguinaldo se paga en este mes de junio de 2025.
La legislación que dio vida a este beneficio en 1960 es la ley N° 12.840, que inicialmente fijaba al aguinaldo como un único pago al año. Sin embargo, el Decreto Ley N° 14.525 del 27 de mayo de 1976 la modificó y cambió la modalidad del pago, por lo que se pasó a un pago en dos etapas: la primera, en el mes de junio, y la segunda, en diciembre.
¿Hasta qué fecha se puede cobrar el medio aguinaldo de junio?
El pago del medio aguinaldo en junio para el sector privado se debe llevar a cabo en cualquier fecha antes de finalizar el mes, por lo que el último día para hacerlo es el lunes 30 de junio de 2025.
Sin embargo, la fecha concreta en la que comenzará el pago a los trabajadores públicos se determina en cada período mediante un decreto. Para este año, se determinó que "los funcionarios públicos de los incisos 02 al 19, 25 al 27, 29 y 31 al 36 del Presupuesto Nacional, percibirán a partir del 18 de junio de 2025" el medio aguinaldo de junio, según explica el decreto publicado el martes 27 de mayo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).

Cómo se calcula el aguinaldo
Para saber con antelación cuál será el monto del aguinaldo o para corroborar posteriormente que el pago recibido haya sido el correcto, cualquier trabajador puede realizar el cálculo del aguinaldo.
Para calcular el aguinaldo a percibir en cada etapa, se deben sumar todas las remuneraciones pagas percibidas en cada período y dividir el total entre 12.
Cabe recordar que el aguinaldo no toma en cuenta los beneficios en especies, como los ticket alimentación, y también conlleva los descuentos que tiene el salario habitual, como los de aportes jubilatorios y Fonasa.
Para el medio aguinaldo de junio de 2025, lo comprenderán las remuneraciones percibidas entre el 1° de diciembre de 2024 y el 31 de mayo de 2025. Para el medio aguinaldo de diciembre, se tomarán las percibidas desde el 1° de junio hasta el 30 de noviembre del año en curso.
En el caso de los trabajadores que estuvieron en seguro de paro o tuvieron licencia por maternidad o paternidad, el monto no incluirá en el cálculo a ese período, puesto que la empresa no emitió pagos al empleado.
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