Redacción El País
El Banco de Previsión Social (BPS) informó este jueves que, en el sector doméstico, junto con el medio aguinaldo de junio se deberá liquidar también la prima por presentismo.
Este pago se estableció en abril de 2013 por el Convenio Colectivo del sector doméstico. Dicha partida salarial se calcula como la cuarta parte del medio aguinaldo y se paga a todo trabajador del sector que haya tenido asistencia perfecta en el período de diciembre de 2024 a mayo de 2025.
Cómo se calcula y cuándo se paga la prima por presentismo
Se determina como la cuarta parte del medio aguinaldo, considerando todos los rubros salariales que se incluyen a los efectos del cálculo de aguinaldo.
En tanto, se trata de una partida de carácter salarial y por tanto gravada por aportes de seguridad social, así como IRPF, en caso de corresponder.
Por otro lado, de acuerdo al BPS, esta prima se abona en las mismas oportunidades que el aguinaldo.
Si corresponde, el empleador no debe realizar ningún trámite. BPS calculará en forma automática los aportes por dicha partida, tomando como base de cálculo los salarios nominales que constan en sus bases.

¿Qué significa que el trabajador tenga asistencia perfecta?
Un trabajador tiene "asistencia perfecta" cuando no tuvo inasistencias en el período de control. No se consideran faltas los siguientes motivos:
- Enfermedad con certificación médica ingresada a BPS o BSE.
- Ejercicio del derecho de huelga, decretadas por el PIT-CNT o SUTD con carácter general.
- Licencia anual reglamentaria.
- Licencias especiales (por estudio, duelo, matrimonio, etc.).
El BPS informa, además, que en caso que no corresponda este pago, el empleador verifique que las faltas que originan la pérdida del beneficio se encuentren documentadas en los recibos de sueldos.
¿Qué debe hacer el empleador si no corresponde pagar la prima por presentismo?
El empleador debe declarar ante BPS cuando al trabajador no le corresponda prima por presentismo, a los efectos de no calcular los aportes por dicho concepto.

La declaración debe realizarse entre el 1º de junio y el 30 de ese mes de la siguiente forma:
- s registrados, servicio en línea Trabajo Doméstico: inscribir trabajadores y modificar datos o aplicación móvil BPS Trabajo doméstico.
- s no registrados, aplicativo web Informar no pago de prima por presentismo de Trabajo Doméstico.
-
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