El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) rechazó este martes la apelación presentada por los jugadores Darwin Núñez, Ronald Araujo, José María Giménez, Rodrigo Betancur y Mathías Olivera y la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF) en contra de la Conmebol en relación con las sanciones impuestas por los incidentes en la Copa América de Estados Unidos 2024, comportamientos que los futbolistas indicaron como "legítima defensa".
Esto indica que Darwin Núñez, a quien se le había congelado la sanción tras cumplir dos (Paraguay y Venezuela en setiembre 2024), deberá culminar la pena total, por lo que queda descartado para la doble fecha del mes de junio ante Paraguay (5/6) y Venezuela (10/6), y tampoco podrá jugar ante Perú en septiembre.
Su regreso se dará ante Chile, en la última fecha, de lo cual se desprende algo positivo y es que el delantero del Liverpool estará disponible para el Mundial. Cabe recordar que el resto de los jugadores ya cumplieron con sus penas.
La AUF confirmó a Ovación que recibió el documento este martes y que no queda nada por hacer por parte de la Asociación, más que cumplir la pena.
Respuesta del TAS: principio de legítima defensa no aplica
La formación arbitral del TAS determinó que en este caso el principio de legítima defensa no se aplicaba y que el comportamiento de los jugadores constituyó una acción voluntaria, violenta e injustificada, que infringió el Código Disciplinario de la Conmebol, por lo que rechazó el recurso y confirmó la totalidad las sanciones a los jugadores y a la AUF.
Las sanciones

La apelación pretendía impugnar la decisión dictada el 23 de septiembre de 2024 por la Comisión de Apelación de Conmebol que confirmaba las sanciones impuestas a los jugadores (suspensión de 3-5 partidos y multas de hasta US$20.000) y la AUF (una multa de US$ 20.000) tras una pelea generalizada al final de la semifinal de la Copa América entre Uruguay y Colombia, disputada el 10 de julio de 2024 en Charlotte.
El recurso solicitaba anular las suspensiones de partidos de los jugadores, las multas de la AUF y los jugadores, o, alternativamente, reducir las sanciones impuestas por la Conmebol, por infringir su Código Disciplinario (artículos 11.1 y 11.2). En concreto, son los apartados referidos a "violar las pautas mínimas de lo que se ha de considerar como un comportamiento aceptable en el ámbito del deporte y del fútbol organizado", comportarse de manera que el fútbol y la Conmebol "pudieran verse desacreditados" y "cometer un acto de violencia o de agresión".
En la pena inicial, Darwin Núñez recibió una de las más duras sanciones, ya que fue suspendido durante cinco partidos y debe pagar una multa de 20.000 dólares. También la resolución estableció que Rodrigo Bentancur, del Tottenham Hotspur, debía pagar una multa de 16.000 dólares y cumplir cuatro partidos de suspensión.
En el caso de Mathías Olivera, hoy en Napoli; Ronald Araujo, defensa del Barcelona, y José María Giménez, que milita en el Atlético de Madrid, la sanción fue una multa de 12.000 dólares y una suspensión de tres partidos.
Para Sebastián Cáceres y Brian Rodríguez, ambos del Club América de México; Matías Viña (Flamengo-BRA), Emiliano Martínez (Palmeiras-BRA), Santiago Mele (Junior-COL) y Facundo Pellistri (Panathinaikos-GRE) la multa fue de 5.000 dólares.

Con información de EFE
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