La decisión que tomó el gobierno de Yamandú Orsi respecto a los combustibles ante "incertidumbre" en el sector

Según el actual gobierno, su predecesor, Luis Lacalle Pou emitió una serie de normas, que han "generado gran conflictividad e incertidumbre en el sector".

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El presidente Yamandú Orsi, el secretario de Presidencia, Alejandro Sánchez, y la ministra de Industria, Fernanda Cardona.
El presidente Yamandú Orsi, el secretario de Presidencia, Alejandro Sánchez, y la ministra de Industria, Fernanda Cardona.
Foto: Presidencia

Redacción El País
El gobierno de Yamandú Orsi tomó una decisión respecto a los combustibles, mercado para el cual el gobierno de Luis Lacalle Pou emitió una serie de normas, que han "generado gran conflictividad e incertidumbre en el sector", según el decreto firmado por el presidente de la República, por la ministra de Industria, Energía y Minería, Fernanda Cardona y por la ministra de Transporte y Obras Públicas, Lucía Etcheverry.

El gobierno de Lacalle Pou buscó encarar una reforma del mercado de combustibles para dotarlo de mayor competencia y menor regulación.

En ese sentido, el decreto del gobierno de Orsi hace referencia al artículo 237 de la ley de urgente consideración (LUC) que "encomendó al Poder Ejecutivo la revisión del sector combustibles, específicamente a presentar una propuesta integral de reforma, tanto legal como reglamentaria, del mercado de combustibles, ante la Asamblea General".

"Con fecha 2 de febrero del 2021, el Poder Ejecutivo cumplió con el mencionado cometido elevando una propuesta, en cuyo marco se impulsaron una serie de modificaciones legales y reglamentarias, que incluyeron encomendar a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) la aprobación de las reglamentaciones necesarias para regular el mercado de combustibles líquidos en el marco de sus competencias", recuerda.

Para el gobierno de Orsi, "en relación a la distribución secundaria de combustibles líquidos, la Ursea ha dictado una sucesión de resoluciones, de forma parcial y dispersa, que ha generado gran conflictividad e incertidumbre en el sector, con numerosos actos istrativos resistidos tanto en la vía istrativa como jurisdiccional".

El dictamen del TCA que cuestionó a la Ursea

De hecho, en noviembre pasado el Tribunal de lo Contencioso istrativo (TCA) anuló una resolución de la Ursea que afectaba a las distribuidoras de combustibles y cuestionó a la reguladora por entender que incurrió en un “exceso”.

La Resolución 246/2022 (de agosto de 2022) de la Ursea establecía la obligación a las distribuidoras mayoristas de combustibles (Ducsa, Axion, DISA) de controlar que los distribuidores minoristas que operan bajo su sello, entregara a la reguladora información contable como la facturación, estado de resultado integral separado por actividad, gastos de istración y ventas, resultados financieros, personal contratado, entre otros.

Ante ello, Ducsa (distribuidora de Ancap) y Canopus (comercializadora de Ancap) promovieron una acción de nulidad de la normativa ante el TCA.

Planta de Ancap de La Tablada
Camiones de Axion y Ducsa.
Foto: Fernando Ponzetto

Ambas expresaron que “se vulnera el principio de especialidad, limitando la actividad de las personas jurídicas, en tanto es la ley, por razones de interés general, el medio por el cual se puede delegar en otro organismo o, eventualmente en particulares, las facultades que son propias de la Ursea”.

También indicaron que “el reglamento afecta gravemente el derecho de libertad de comercio de las distribuidoras mayoristas, en tanto les impone responsabilidades excesivas, además de cometidos de control y gestión que son propios de la Ursea”.

Ducsa y Canopus apuntaron que “la resolución impugnada implica extralimitación de la potestad reglamentaria de la Ursea y vulnera la libertad de comercio”.

Para el TCA "se advierte un exceso reglamentario del regulador, y en tal sentido se invade las posibles actividades que, razonable y ponderadamente, pueden corresponder al distribuidor mayorista”.

“Obsérvese que, ante la inexistencia de ley, tampoco resulta legítimo que las distribuidoras mayoristas ejerzan potestades de contralor a otras empresas respecto de información del patrimonio de las mismas, así fuera por declaración jurada”, añadió.

Según el dictamen, la resolución de la Ursea “lesiona la libertad de industria y comercio regulada por el artículo 36 de la Constitución de la República, extralimitándose en el ejercicio de potestades que en modo alguno le habilitaban a establecer imposiciones o limitaciones a la actividad comercial que deben realizar las empresas distribuidoras mayoristas, así como respecto de las empresas minoritarias, alcanzando aspectos que exceden notoriamente el marco competencial de la Ursea”.

¿Qué resolvió el gobierno de Orsi?

Ante situaciones como el dictamen del TCA contra la resolución de la Ursea, el gobierno de Orsi "entiende conveniente realizar un análisis integral de la reforma de los combustibles, en la medida que se advierte que la misma no ha cumplido los hitos previstos en la propuesta mencionada".

Por eso resolvió "exhortar a la Ursea a no aprobar ni modificar regulación relativa a la distribución secundaria de combustibles líquidos, ni aprobar y/o denegar trámites relativos a aperturas y traslados de estaciones de servicios hasta tanto se realice la revisión propuesta".

Estación de servicio Disa
Estación de servicio Disa.

Para realizar ese análisis y revisión, "se estima necesaria la creación de un Grupo de Trabajo que involucre a la Dirección Nacional de Energía (DNE) del Ministerio de Industria, Energía y Minería, a Ursea, y a otros actores relevantes del sector".

La DNE liderará el grupo y se deberá convocar "a los actores del mercado de combustibles que estime necesario, con el objetivo de proponer los lineamientos de las políticas de la distribución secundaria de combustibles que deben regir el sector, en base a los cuales y en el marco de sus competencias, la Ursea, así como otros organismos dictarán la reglamentación pertinente".

El decreto le puso plazo máximo de "hasta seis meses" para el funcionamiento del mencionado Grupo de Trabajo.

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