Redacción El País
En este mes de mayo de 2025 vencía el plazo que un grupo de trabajadores tenía para solicitar el reconocimiento de servicios de su actividad laboral realizada antes de abril de 1996 ante el Banco de Previsión Social (BPS), sin embargo el gobierno decidió extender ese plazo a través de un decreto.
Esto aplica para las "personas que hayan tenido actividad laboral por el Banco de Previsión Social (BPS) antes del 1º de abril de 1996, que entró en vigencia la ley Nº 20.130 con respecto al reconocimiento de servicios de actividad, ya sea civil, industrial, rural e incluso los del exterior con convenio con BPS”.
¿Qué dice el decreto del Poder Ejecutivo?
El decreto emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) señala que "de acuerdo al análisis de datos efectuados por el BPS, siendo próxima la finalización del plazo, existirían un importante número de personas con 60 o más años de edad al 1° de junio de 2023, que no han realizado una solicitud de reconocimiento de servicios;
"El porte del colectivo potencial cuyo plazo finaliza el 31 de mayo próximo, se trata de una cantidad de afiliados tal que permite entender que su incomparecencia no supone la mera inacción sino motivos de distinta índole que requieren ser contemplados", explica.
Por eso, el decreto añade que es "oportuno modificar el cronograma establecido por la ley N° 20.130 y ratificado por decreto N° 228/023, prorrogando la finalización del plazo para el primer colectivo (personas con 60 o más años de edad al 1° de junio de 2023".
"Prorrógase hasta el 31 de mayo de 2026, la finalización del plazo establecido", establece el decreto.

Cuándo vence el plazo de BPS para el reconocimiento de servicios
Las personas que aún no hayan solicitado el reconocimiento de sus servicios laborales realizados antes de abril de 1996, deberán hacerlo brindando los datos requeridos para hacer el trámite, de acuerdo con la edad que tuvieran al 1º de junio de 2023.
Estos son los distintos plazos establecido para realizar el registro de servicios de actividad laboral:
- Personas que tuvieron 60 años o más el 1º de junio de 2023, tienen hasta el 31 de mayo de 2026 (el plazo anterior era hasta el 31 de mayo de este año)
- Personas que tenían entre 55 y 59 años el 1º de junio de 2023, tienen hasta el 31 de mayo de 2027
- Personas que tenían entre 50 y 54 años el 1º de junio de 2023, tienen hasta el 31 de mayo de 2029
- Personas que tenían 49 años o menos el 1º de junio de 2023, tienen hasta el 31 de mayo de 2031
BPS además informa que los plazos para las solicitudes de registro de años trabajados ingresados desde el exterior se extienden por dos años más, si son desde países al amparo de Convenios Internacionales.
Una vez que termine este plazo, "no se itirá la declaración de años trabajados anteriores al 1º de abril de 1996”, advierte BPS.

“Quienes inicien su trámite jubilatorio, y necesiten registrar años de trabajo, podrán hacerlo en el mismo momento que soliciten la jubilación independientemente de que aún no les corresponda el plazo establecido”, agrega la entidad.
Para más información, se puede consultar la página web de BPS haciendo clic acá.
Qué se necesita para registrar los años trabajados ante BPS
Para el reconocimiento de servicios se deben presentar los siguientes documentos:
- Este procedimiento podrá ser efectuado de forma presencial, previa cita gestionada por el 0800-1997 o la agenda web.
- Quienes dispongan de personal de BPS pueden completar el trámite de manera virtual, ingresando la documentación en el sitio del organismo.
- Cédula de identidad vigente.
- La declaración de períodos trabajados completada. Aquí podrás ver cómo completarla.
- Los apoderados deberán estar registrados en BPS o acreditar autorización (abogados y procuradores).
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