Arazatí: TCA rechazó la demanda presentada por el ahora ministro Ortuño contra OSE para anular el proceso

Cuando era director por la oposición en el ente, el ahora titular de Ambiente presentó un recurso contra la resolución del directorio que habilitó el avance de la iniciativa. Tribunal lo rechazó semanas atrás por unanimidad.

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Edgardo Ortuño asumió como ministro de Ambiente
Edgardo Ortuño en el día de su asunción como ministro de Ambiente.
Foto: Leonardo Mainé/Archivo El País.

La oposición del actual ministro de Ambiente, Edgardo Ortuño, al proyecto Arazatíes más que conocida. Esa postura la plasmó durante todo el proceso que tuvo la iniciativa en la anterior istración en Obras Sanitarias del Estado (OSE), cuando él ocupaba el lugar de director por la oposición. La batalla no solo fue a nivel político, sino que también llegó a la Justicia.

En 2022 Ortuño presentó una demanda ante el Tribunal de lo Contencioso istrativo (TCA) buscando anular la resolución del directorio que habilitó avanzar con la iniciativa Arazatí —llevada adelante por el consorcio Aguas de Montevideo que integran las empresas Ciemsa, Fast, Saceem y Berkes.

El miércoles se notificó a las partes de que el TCA, por unanimidad, resolvió a fines de marzo desestimar el recurso, según el fallo de 15 páginas al que accedió El País. Esta sentencia es inapelable.

Ortuño denunció que el directorio presidido por Raúl Montero había aprobado de forma "antirreglamentaria" la resolución del 15 de noviembre de 2022, que dio inicio al proyecto, por haber sido tratada como una cuestión "grave y urgente".

El hoy jerarca del gobierno de Yamandú Orsi criticó que se lo convocó con 24 horas de antelación, "lo que no se condice con lo complejo del asunto que se iba a tratar y su importancia económica".

Y agregó que "la convocatoria a la sesión del directorio con mayor antelación, acorde con el principio de razonabilidad, le hubiera permitido un mejor estudio y análisis del asunto". Por ello, entendió que el accionar del directorio implicaba una violación del Artículo 3° del reglamento interno en OSE que establece cómo debe funcionar el directorio.

Además, cuestionó que la resolución no daba solución al déficit hídrico, sobre lo que ahondó presentando datos técnicos. También rechazó el mecanismo de financiamiento que se optó para la iniciativa privada.

Montero fue convocado al TCA y dio su versión. Según dijo, legalmente OSE no tiene personería jurídica por lo que no puede ser demandado ni comparecer en un juicio, según se indica en el fallo.

Luego, defendió el procedimiento del directorio y destacó que se cumplió con lo establecido ya que la iniciativa fue votada y Ortuño pudo manifestar allí su oposición, quedando en minoría.

La decisión

Los ministros del TCA entendieron que "la convocatoria a sesión urgente, con 24 horas de antelación, y la aprobación de la resolución en sesión urgente realizada, por mayoría, no merece, ningún reproche judicial".

"Ello determina que se esté ante una resolución válidamente adoptada, lo cual hace al carácter infundado de la contienda promovida", se agregó en la sentencia.

Por último, se indicó que "en cuanto a las restantes causales de ilegitimidad esgrimidas, en relación a la motivación, o razón de ser de la decisión dada por la mayoría, estas desbordan el objeto de la contienda intraorgánica de competencia".

En cuanto a la actualidad del proyecto, utoridades de OSE y del consorcio Aguas de Montevideo se reunieron a fines de abril y firmaron las suspensión por 90 días los plazos establecidos en el contrato por Arazatí.

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